Complemento para perceptores de PNC que vivan de alquiler.
03/Noviembre/2008
Real Decreto 1724/2008, de 24 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1400/2007, de 29 de octubre, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento a los titulares de pensión de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, que residan en una vivienda alquilada, prorrogando su vigencia para el año 2008.
Organismo emisor: Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Fecha de disposición: 24/10/2008
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Número: 258
Fecha de publicación: 25/10/2008
Número de disposición: 17082
Páginas: 42413-42416
Resumen:
Artículo único. Prórroga del Real Decreto
1400/2007, de 29 de octubre, por el que se establecen normas para el
reconocimiento del complemento a los titulares de pensión de jubilación e
invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, que residan
en una vivienda alquilada, para el año 2008.
Queda prorrogada la vigencia del Real Decreto 1400/2007, de 29 de octubre, por
el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento a los
titulares de pensión de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su
modalidad no contributiva, que residan en una vivienda alquilada, a fin de
regular el complemento de pensión establecido en la Ley de Presupuestos
Generales del Estado a favor de los pensionistas no contributivos que acrediten
carecer de una vivienda en propiedad y tengan fijada su residencia habitual en
una vivienda alquilada. Las referencias al año 2007 contenidas en dicho Real
Decreto se entenderán hechas al año en curso.
Disposición transitoria primera. Cuantía del complemento para el año 2008. La
cuantía del complemento, para el año 2008, se corresponde con la establecida en
el artículo 41.Dos de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2008, que asciende a 357 euros.
Disposición transitoria segunda. Solicitud. Los pensionistas no contributivos
que tengan fijada su domicilio habitual en una vivienda alquilada, deberán
presentar, a los efectos del reconocimiento del derecho a este complemento,
para el año 2008, la correspondiente solicitud, en modelo normalizado, que se
adjunta como anexo a este Real Decreto y que podrá descargarse de la página web
del Instituto de Mayores y Servicios Sociales: www.seg-social.es/imserso.
Disposición final primera. Título competencial. El presente real decreto se
dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.17.ª de la Constitución,
que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación
básica y régimen económico de la Seguridad Social.
Si necesitas más información nuestros trabajadores sociales pueden orientarte, trabajosocial@apoyopositivo.org, 91 358 14 44.
Puede consultar el BOE del 25/10/2008:

