Complemento para perceptores de PNC que vivan de alquiler.

03/Noviembre/2008

Complemento para perceptores de PNC que vivan de alquiler.

Real Decreto 1724/2008, de 24 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1400/2007, de 29 de octubre, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento a los titulares de pensión de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, que residan en una vivienda alquilada, prorrogando su vigencia para el año 2008.

Organismo emisor: Ministerio de Educación, Política Social y Deporte

Fecha de disposición: 24/10/2008

Publicado en: Boletín Oficial del Estado

Número: 258

Fecha de publicación: 25/10/2008

Número de disposición: 17082

Páginas: 42413-42416

Resumen:

Artículo único. Prórroga del Real Decreto 1400/2007, de 29 de octubre, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento a los titulares de pensión de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, que residan en una vivienda alquilada, para el año 2008.
Queda prorrogada la vigencia del Real Decreto 1400/2007, de 29 de octubre, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento a los titulares de pensión de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, que residan en una vivienda alquilada, a fin de regular el complemento de pensión establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado a favor de los pensionistas no contributivos que acrediten carecer de una vivienda en propiedad y tengan fijada su residencia habitual en una vivienda alquilada. Las referencias al año 2007 contenidas en dicho Real Decreto se entenderán hechas al año en curso.

Disposición transitoria primera. Cuantía del complemento para el año 2008. La cuantía del complemento, para el año 2008, se corresponde con la establecida en el artículo 41.Dos de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, que asciende a 357 euros.

Disposición transitoria segunda. Solicitud. Los pensionistas no contributivos que tengan fijada su domicilio habitual en una vivienda alquilada, deberán presentar, a los efectos del reconocimiento del derecho a este complemento, para el año 2008, la correspondiente solicitud, en modelo normalizado, que se adjunta como anexo a este Real Decreto y que podrá descargarse de la página web del Instituto de Mayores y Servicios Sociales: www.seg-social.es/imserso.

Disposición final primera. Título competencial. El presente real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.17.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social.

Si necesitas más información nuestros trabajadores sociales pueden orientarte, trabajosocial@apoyopositivo.org, 91 358 14 44.

Puede consultar el BOE del 25/10/2008:

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